El centrarse
excesivamente en un determinado contexto geográfico y espacial,
renunciando a enmarcarlo de forma comparativa con respecto a lo que
sucedía en otros ámbitos hacia las mismas fechas, tiene sus
riesgos. El peligro es mayor si la época a la que nos estamos
refiriendo es, además, la Edad Moderna, momento en que las
instituciones representativas de las comunidades políticas (las
diferentes asambleas o parlamentos territoriales de que constaban los
reinos europeos y las diputaciones o representaciones permanentes de
ellas cuando existían) a duras penas pudieron resistirse, en los
casos en que lo consiguieron, a la acometida del absolutismo
monárquico, constatable en mayor o menor medida en todas las zonas.
Por otra parte, los que se enfrentaron en rebeliones abiertas a la
monarquía en la que estaban inscritos, y no consiguieron emanciparse
de ellas, tuvieron que padecer, por lo general, la supresión de las
instituciones privativas que configuraban su autogobierno.
El deslizamiento de las
monarquías hacia pautas absolutistas tuvo diferentes cronologías,
en unos casos más tempranas que en otros, siendo incluso casi
difícil de detectar allí donde el desarrollo institucional y el
aparato discursivo era menor. De cualquier forma, debe quedar claro
que la soberanía de un monarca o de una dinastía sobre un
territorio no debe interpretarse como la soberanía que sobre ese
territorio tenía la población del mismo. Incluso allí donde la
representación del reino tenía mayor presencia (bien a través de
Cortes estamentales como en Navarra o los territorios de la Corona de
Aragón, bien exclusivamente a través de representantes municipales
como en Álava, Guipúzcoa o Vizcaya), aquélla no dejaba de tener
graves deficiencias que lastraban el funcionamiento de un sistema, en
definitiva, de Antiguo Régimen y en el que los sectores más
representados eran los de las élites nobiliar y eclesiástica.
En el caso de Navarra, al
igual que en todas partes y tanto antes como después de la
conquista, la voluntad regia detentaba siempre la última palabra.
Ahora bien, en el caso específico de la monarquía absoluta española
de los Austrias y de los Borbones, algunos de los territorios
dominados por aquella dinastía (como Navarra y las Provincias
Vascongadas) consiguieron mantener sus instituciones, mientras que
otros no. Los territorios de la Corona de Aragón vieron eliminado su
autogobierno con los Decretos de Nueva Planta, tras la guerra de
Sucesión, por su apoyo al aspirante austracista al trono español a
principios del siglo XVIII. Además, con anterioridad al inicio de
dicho conflicto bélico, los Habsburgo siempre tuvieron mayores
reticencias, comparativamente hablando, hacia dichos territorios que
hacia Navarra, tal y como prueba el mucho menor número de reuniones
de Cortes en aquéllos, a lo que ya me referí en otro artículo, y a
que no hubiera que esperar al año 1700 para que dejaran de ser
convocadas: no hubo más reuniones de Cortes en Cataluña a partir de
1632, ni en Valencia desde 1645, ni en Aragón desde 1683.
Puede pensarse que las
instituciones navarras pudieron seguir existiendo por la inexistencia
de rebeliones y revueltas en Navarra tras 1530 a lo largo del periodo
que rigió el sistema absoluto. Hemos de recordar que muchos
territorios englobados en el Imperio español protagonizaron en los
siglos XVI, XVII y XVIII sublevaciones abiertas contra la monarquía
española. A la larga lucha independentista de los Países Bajos
durante la segunda mitad del quinientos y la primera del seiscientos,
hay que añadir la revuelta de Aragón de 1591-1592; las de Cataluña,
Portugal, Sicilia y Nápoles en la década de los cuarenta del siglo
XVII; y el ya referido apoyo de los territorios de la corona de
Aragón al archiduque austríaco en la Guerra de Sucesión. También
hubo complots en los años cuarenta del seiscientos en Aragón y en
Andalucía.
Por lo que se conoce
hasta ahora, desde mediados del siglo XVI los episodios de mayor
entidad de los que tenemos noticias en Navarra no sobrepasaron el
umbral de la conspiración. De todo el periodo, el suceso de mayor
enjundia fue la detención y muerte en prisión en circunstancias
poco claras de D. Miguel de Iturbide, ex diputado del reino, en
diciembre de 1648, en una coyuntura en el que la Monarquía española
se encontraba en trance de desintegración con movimientos
secesionistas como los referidos anteriormente.
Dicho de eso, a pesar de
todo, sigo creyendo que los esfuerzos de las Cortes y de la
Diputación, así como en el plano del discurso suministrado por
historiadores y juristas, también fueron otro ingrediente positivo
para la preservación del autogobierno navarro dentro del marco en el
que se inscribía. En diversas ocasiones las pretensiones de los
virreyes fueron frenadas por las instituciones navarras. Las Cortes
navarras de 1780-1781, por ejemplo, fueron una muestra clara de que
el legislativo navarro funcionaba con un grado de autonomía mucho
mayor del que hubiera gustado a la monarquía, algo ratificado en un
informe secreto posterior sobre las mismas hecho por el virrey, el
obispo y el regente del Consejo Real a petición de la Real Cámara
de Castilla.
La dinastía de los
Albret, emparentada con los Borbones, tampoco se libró de la deriva
absolutista. Tras la entronización en 1594 como monarca francés
como Enrique IV de Enrique III de Navarra (que regía en los dominios
de aquella dinastía desde 1572, hijo de Juana de Albret y de Antonio
de Borbón y que llegó al trono galo por una serie de fallecimientos
sucesivos de sus cuñados Carlos IX y Enrique III de Francia), el
sistema absolutista, tras el final de las guerras de religión, se
afianzará, perdiendo protagonismo los Estados Generales franceses
hasta el punto de dejar de ser convocados poco después de su muerte.
Un tataranieto suyo, Felipe V de España (nieto, a su vez, de Luis
XIV, el Rey Sol, la cima del absolutismo), eliminará del todo, como
ya se ha dicho, las constituciones privativas de los tres territorios
de la Corona de Aragón. También los Estados Generales de la Baja
Navarra, una de las posesiones sobre las que reinarán los Albret
después de ser desposeídos de la Alta Navarra, perderán
atribuciones. De hecho, los Tres Estados bajonavarros se dirigirán a
los altonavarros a finales del siglo XVII y a mediados del XVIII
preguntando por cuestiones competenciales y procedimentales que
aquéllos añoraban y que éstos todavía mantenían.
No hay comentarios:
Publicar un comentario